Guía de OpositaDoc · Edición Madrid 2026

Cómo construir un supuesto práctico perfecto.

Guía estratégica para la prueba B de la convocatoria 2026 — cuerpo de Maestros (0597), especialidades de Infantil y Primaria. La metodología es transferible a cualquier CCAA con los ajustes normativos del bloque final.

1. Qué es un supuesto práctico

Un supuesto práctico es un caso real (o muy verosímil) de la vida del aula — acoso entre iguales, sospecha de NEAE, conflicto familiar, reclamación de evaluación, absentismo reiterado — que el opositor debe resolver por escrito y, en algunas CCAA, defender oralmente ante el tribunal.

No es una pregunta abierta de pedagogía: es una decisión profesional con consecuencias legales. La buena solución combina pedagogía sólida, marco normativo correcto y procedimiento administrativo riguroso.

2. Qué evalúa el tribunal

El tribunal mide simultáneamente tres dimensiones:

Eje Qué busca Riesgo si fallas
Legalidad Cumplimiento normativo con artículos concretos Suspende directamente
Pedagogía DUA, inclusión, evidencia psicopedagógica Baja la nota 1-2 puntos
Procedimiento Orden, coordinación entre figuras, plazos El que más penaliza

El error más caro es responder con buena pedagogía pero ignorando la dimensión procedimental-legal. El tribunal lo penaliza más que una respuesta menos brillante pero correctamente armada.

3. Las 7 tipologías (A-G)

Todo supuesto práctico cae en una de siete familias. Identificar la familia correcta en los primeros minutos es la decisión más importante de toda la prueba — cada familia activa una normativa, unas figuras y un orden de actuación distintos.

Tipo Familia Norma clave Figura central
A Protección / violencia LOPIVI · LOPJM Coordinador de Bienestar
B NEAE / atención a la diversidad LOMLOE 71-75 · RD 157/2022 EOEP + PT/AL
C Inclusión / interculturalidad LOEx art. 9 · LOMLOE 78-79 Equipo Acogida
D Absentismo / abandono LOPJM art. 13 · Resoluciones DAT Jefatura + SS
E Convivencia / disciplina Decreto 32/2019 Madrid Jefatura + Comisión
F Procedimiento familia-centro Ley 39/2015 · LOMLOE art. 28 Dirección + Inspección
G Organización / proyectos LOMLOE · ROC autonómico Dirección + Claustro

4. El esqueleto inviolable

Todos los supuestos prácticos — independientemente de la tipología — siguen el mismo esqueleto. Memorízalo: en el examen lo escribes en un borrador como índice y vas rellenando bloque a bloque.

  1. 1
    Análisis y contextualización Tabla de indicadores observables del caso; hipótesis pedagógica sin diagnosticar.
  2. 2
    Marco normativo Normativa estatal + autonómica + documentos del centro (PEC, RRI, PAT) que aplican al caso.
  3. 3
    Bloques específicos por tipología Actuación inmediata, plan a medio plazo, diagnóstico psicopedagógico o lo que active la familia del caso.
  4. 4
    Coordinación: quién hace qué Tabla de figuras (tutor, PT, AL, orientador, jefatura, dirección, inspección) con responsabilidades.
  5. 5
    Evaluación y seguimiento Indicadores medibles, calendario, criterios de cierre del caso.
  6. 6
    Tribunal-proof Tabla de 5-8 decisiones críticas con norma y respuesta anticipada a cuestiones hostiles.

5. Marco normativo

Las 8 normas estatales que tienes que dominar:

  • LO 3/2020 (LOMLOE) modificando LOE → currículo, evaluación, atención a la diversidad, convivencia.
  • LO 8/2021 (LOPIVI) → protección integral del menor frente a la violencia.
  • LO 1/1996 (LOPJM) → protección jurídica del menor.
  • LO 4/2000 (LOEx) → derecho a la educación del menor migrante.
  • RD 157/2022 → currículo de Primaria + evaluación + promoción.
  • RD 95/2022 → currículo de Educación Infantil.
  • Orden ECD/65/2015 → competencias clave.
  • Ley 39/2015 → procedimiento administrativo común (clave en tipo F).

Regla de oro: nunca cites una norma sin artículo concreto. «Según la LOMLOE» no vale; «conforme al artículo 124 de la LOMLOE» sí.

6. Los 10 errores que más penalizan

  1. No identificar la tipología y dar respuesta general sin marco.
  2. Saltar a la solución sin marco normativo previo.
  3. Citar la LOMLOE «en general» sin artículo.
  4. Confundir competencias entre figuras (tutor investiga a familia, etc.).
  5. No separar pedagógico de procedimental (especialmente en tipo F).
  6. Olvidar la coordinación entre figuras.
  7. No mencionar evaluación / seguimiento.
  8. No anticipar al tribunal con bloque tribunal-proof.
  9. Ignorar las CCAA y citar solo estatal.
  10. Usar lenguaje no profesional («el chaval», «los padres son pasotas»).

7. Tribunal-proof: las preguntas hostiles

Estas son las preguntas hostiles más típicas. Memorízalas: aparecen en el 80 % de las defensas.

  • «¿Y si la familia no firma el consentimiento de evaluación psicopedagógica?» → LOPIVI art. 17 + LOMLOE art. 74.
  • «¿En qué plazo notifica a Servicios Sociales una sospecha de maltrato?» → LOPIVI art. 16: inmediato.
  • «¿Quién es el responsable último?» → Director del centro (LOMLOE art. 132).
  • «¿Y si la familia denuncia al centro?» → Ley 39/2015 + asesoría jurídica DAT.

8. Diferencias por CCAA

Aunque la metodología es transferible, lo que cambia entre CCAA es la capa autonómica: decretos de currículo, decretos de convivencia, resoluciones de absentismo, planes de atención a la diversidad.

OpositaDoc tiene cobertura especial para Madrid (5 de 5 DATs cubiertas), con casos ambientados en distritos reales: Carabanchel, Vallecas, Lavapiés, Chamberí, Aravaca, Hortaleza, Tres Cantos, Las Rozas, Alcorcón, Torrejón de Ardoz.

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