Marco transversal LOMLOE

Atención a la diversidad en la LOMLOE: inclusión por diseño.

La LOMLOE cambia el paradigma: del modelo de integración (adaptar al alumno a la escuela) al modelo inclusivo (diseñar la escuela para todos). La LOE lo fija como principio fundamental de la enseñanza básica, «conforme a los principios del Diseño universal de aprendizaje» (art. 4.3), y lo desarrolla en sus artículos 71 a 79 bis. En los reales decretos: arts. 16 a 20 del RD 157/2022 (Primaria) y art. 13 del RD 95/2022 (Infantil). Sin este vocabulario, ningún supuesto se sostiene.

Principios rectores

Las seis claves que vertebran toda la respuesta.

Inclusión

Diseñar la escuela para todos, no integrar a unos pocos. El centro se transforma para acoger la diversidad, no al revés.

Detección temprana

Identificar lo antes posible necesidades específicas. La ventana 0-6 años es decisiva, especialmente en trastornos del desarrollo.

Personalización

Cada alumno tiene un punto de partida, un ritmo y unas necesidades distintas. La respuesta educativa se ajusta a ellos.

Coordinación

Equipo docente, orientación, familia, servicios sociales y sanitarios. La diversidad se atiende en red, no en aislamiento.

Accesibilidad universal

Espacios, materiales, comunicación y currículo accesibles desde el diseño. El DUA es la traducción metodológica.

Participación

Las familias y el propio alumnado participan en las decisiones sobre las medidas que les afectan.

Diseño Universal para el Aprendizaje

DUA: la metodología que materializa la inclusión.

El DUA, desarrollado por el CAST, es el marco que la LOE nombra expresamente (art. 4.3) para llevar el enfoque inclusivo al aula. Su lógica: si planificamos la enseñanza desde el principio pensando en la variabilidad humana, reducimos las adaptaciones posteriores. Se articula en tres principios, con tres pautas cada uno. El CAST publicó en 2024 una versión 3.0 de las pautas que reordena y renombra algunos elementos: cita la versión que uses.

I

Múltiples formas de representación

El «qué» del aprendizaje

Ofrecer la información en distintos formatos: textual, visual, auditivo, manipulativo, gestual. Aclarar vocabulario, símbolos y estructura. Activar conocimientos previos.

II

Múltiples formas de acción y expresión

El «cómo» del aprendizaje

Permitir al alumnado demostrar el aprendizaje por vías distintas: oral, escrita, gráfica, audiovisual, manipulativa. Apoyar la planificación y la regulación.

III

Múltiples formas de motivación e implicación

El «por qué» del aprendizaje

Ofrecer opciones que conecten con los intereses del alumnado. Mantener el esfuerzo. Desarrollar la autorregulación y la autonomía.

Necesidades específicas de apoyo educativo

Las nueve situaciones de NEAE que enumera la LOE.

Identificar correctamente la categoría es el primer paso en cualquier supuesto. Las medidas dependen de ella.

NEE

Necesidades educativas especiales

Alumnado que afronta barreras que limitan su acceso, presencia, participación o aprendizaje, derivadas de discapacidad o de trastornos graves de conducta, de la comunicación y del lenguaje, y que requiere apoyos específicos (LOE, art. 73.1).

RM

Retraso madurativo

Desfase en el desarrollo respecto a lo esperado por edad. Especialmente relevante en Infantil y en los primeros cursos.

TDLC

Trastornos del desarrollo del lenguaje y la comunicación

Dificultades en la adquisición y el uso del lenguaje. Ámbito de intervención habitual de Audición y Lenguaje.

TA

Trastornos de atención o de aprendizaje

Incluye el TDAH y las dificultades específicas de aprendizaje (dislexia, discalculia…), que la LOE regula en su art. 79 bis.

DGLA

Desconocimiento grave de la lengua de aprendizaje

Con programas específicos simultáneos a la escolarización en el grupo ordinario (LOE, art. 79).

VSE

Vulnerabilidad socioeducativa

Situaciones sociales, económicas o familiares que dificultan el aprendizaje y que la administración debe compensar.

AACC

Altas capacidades intelectuales

Identificación temprana, planes de actuación y programas de enriquecimiento curricular (LOE, art. 76), y flexibilización de la etapa.

IT

Incorporación tardía al sistema educativo

Escolarización según sus circunstancias, conocimientos, edad e historial, en el curso más adecuado y con apoyos (LOE, art. 78).

CPHE

Condiciones personales o de historia escolar

Enfermedad de larga duración, hospitalización, escolarización irregular u otras circunstancias personales que requieren una respuesta específica.

Medidas

Ordinarias y extraordinarias.

La graduación es importante: empezar por las medidas menos invasivas y subir solo cuando las anteriores no funcionan.

Medidas ordinarias

Dentro del aula. No requieren informe psicopedagógico.

  • Refuerzo educativo dentro del aula (con apoyo del equipo docente).
  • Adaptaciones metodológicas no significativas: tiempos, formatos, pruebas distintas.
  • Agrupamientos flexibles, parejas heterogéneas, tutoría entre iguales.
  • Codocencia (dos docentes en un mismo aula).
  • Recursos accesibles (lectura fácil, pictogramas, audio, vídeo).
  • Materiales DUA por diseño.
  • Adaptación del tiempo de las tareas y evaluaciones.
  • Acuerdos con la familia sobre apoyo en casa y comunicación.

Medidas extraordinarias

Requieren informe psicopedagógico. Decisión del equipo docente con orientación y familia.

  • Adaptación curricular significativa (ACS): modifica criterios y saberes básicos.
  • Apoyo de profesor especialista en Pedagogía Terapéutica (PT).
  • Apoyo de profesor especialista en Audición y Lenguaje (AL).
  • Apoyo de ATE (Auxiliar Técnico Educativo) o fisioterapeuta cuando proceda.
  • Programa de enriquecimiento curricular (altas capacidades).
  • Flexibilización de la escolarización (acelerar o ralentizar el ritmo).
  • Permanencia un curso más en la etapa (Primaria: 1 vez en toda la etapa).
  • Escolarización combinada o en aula específica.
Documento clave

El informe psicopedagógico.

Cualquier medida extraordinaria se sustenta en un informe psicopedagógico. Lo elabora el orientador del centro (en Infantil y Primaria, normalmente el EOEP). Sus apartados habituales: datos personales y escolares, motivo de evaluación, instrumentos utilizados, evaluación del desarrollo y de las áreas curriculares, contexto familiar y escolar, conclusiones diagnósticas, propuesta de modalidad de escolarización y propuesta de medidas.

Vigencia y revisión: el informe se revisa al menos cada dos cursos en Primaria y siempre que se proponga un cambio significativo. La participación de la familia es obligatoria: información, autorización para la evaluación y conocimiento del documento final.

Preguntas frecuentes

Lo que se pregunta sobre atención a la diversidad.

¿Qué se entiende por atención a la diversidad en la LOMLOE?

La LOE no da una definición cerrada. Adopta la educación inclusiva como principio fundamental para atender a la diversidad de necesidades de todo el alumnado, con medidas organizativas, metodológicas y curriculares conforme a los principios del Diseño Universal para el Aprendizaje (art. 4.3). En Primaria, el RD 157/2022 pone el énfasis en la atención individualizada, la detección precoz y los mecanismos de apoyo y refuerzo (art. 16).

¿Quién es alumnado con NEAE?

NEAE significa «necesidad específica de apoyo educativo». El art. 71.2 de la LOE enumera nueve situaciones: necesidades educativas especiales, retraso madurativo, trastornos del desarrollo del lenguaje y la comunicación, trastornos de atención o de aprendizaje, desconocimiento grave de la lengua de aprendizaje, vulnerabilidad socioeducativa, altas capacidades intelectuales, incorporación tardía al sistema educativo y condiciones personales o de historia escolar.

¿Qué es el DUA y cómo se aplica en Primaria?

El Diseño Universal para el Aprendizaje (DUA) es un marco que planifica la enseñanza ofreciendo múltiples formas de representación (qué se enseña), de acción y expresión (cómo se demuestra el aprendizaje) y de motivación e implicación (por qué se aprende). En Primaria se aplica desde el diseño de la situación de aprendizaje: distintos formatos del material, distintas opciones de producto final, distintos itinerarios para llegar al objetivo.

¿Qué son las medidas ordinarias y extraordinarias?

Su clasificación y sus nombres los fija cada comunidad. En general, las medidas ordinarias son las que se aplican dentro del grupo-clase sin alterar significativamente el currículo: refuerzo, adaptaciones metodológicas, agrupamientos flexibles, codocencia. Las medidas extraordinarias requieren informe psicopedagógico y suponen modificación significativa del currículo o de su organización: adaptación curricular significativa, programas de enriquecimiento, flexibilización de la escolarización.

¿Cómo se elabora un informe psicopedagógico?

El informe psicopedagógico lo elabora el orientador u orientadora del centro (en Infantil y Primaria, normalmente el Equipo de Orientación Educativa y Psicopedagógica - EOEP). Recoge la evaluación de capacidades, contexto familiar y escolar, propuesta de medidas y revisión periódica. Es el documento que sustenta cualquier adaptación curricular significativa o medida extraordinaria.

¿Qué papel tiene la familia en la atención a la diversidad?

La familia participa en todo el proceso: información sobre el plan de actuación, autorización para evaluaciones psicopedagógicas, conocimiento del informe, acuerdo con las medidas propuestas y seguimiento. La LOE obliga a las administraciones a asegurar la participación de las familias en las decisiones sobre la escolarización y los procesos educativos de este alumnado, y a asesorarlas (art. 71.4); en la valoración de las NEE deben ser oídas e informadas (art. 74.2).

¿Qué relación hay entre atención a la diversidad y supuestos prácticos?

Casi todos los supuestos prácticos giran alrededor de la atención a la diversidad: un alumno con dificultades de lectura, un caso de TDAH, una incorporación tardía, una situación de vulnerabilidad. Saber identificar la categoría NEAE, citar el marco normativo (LOE art. 71, RD 157/2022 arts. 16-20 y el decreto autonómico) y proponer medidas proporcionadas es la base de cualquier respuesta tribunal-proof.

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